FINANCIAMIENTO

  • 3 últimos balances anuales auditados (con sus notas contables).
  • Estado financiero de corte del año en curso interno de la empresa (siempre que el último balance anual supere los 6 meses desde que fue cerrado).
  • Cuestionario de crédito (formulario de solicitud).
  • 2 referencias bancarias (en hoja memebrete de la entidad que emite el informe).
  • 2 referencias comerciales de proveedores (en hoja membrete del proveedor que emite el informe).
  • Detalle de la porción corriente de la deuda financiera de largo plazo (de acuerdo al último balance anual auditado).
  • Detallar si existen empresas vinculadas, si la solicitante forma parte de un grupo económico, o bien si existe una empresa holding accionista.
  • De ser solicitante parte de un grupo confirmar si cuentan con balances consolidados del grupo.
  • Detalle de accionistas: si los accionistas son personas jurídicas detalle nombre de las personas físicas tenedoras de las acciones en última instancia.
  • Lista de proveedores/exportadores definidos para la compra o bien con los que se encuentren en negociación o previstos como proveedores tentativos.
  • Fotocopia de cotización, Orden de compra o Factura por el/los equipos a financiar (no se aplica para los financiamientos a corto plazo y/o revolving).
  • Breve descripción del destino de la compra o proyecto, con detalle de fechas tentativas de embarques (si se trataría de uno o más embarques), instalación y puesta ne marcha.
  • Breve descripción de los beneficios que la incorporación de los nuevos equipos traería a la empresa.

(sólo en aquellos casos en donde una o más empresas garantizarán el crédito del solicitante del crédito).

  • 3 últimos balances anuales auditados (con sus notas contables).
  • Estado financiero de corte del año en curso interno de la empresa (siempre que el último balance anual supere los 6 meses desde que fue cerrado).
  • Detalle de la PORCION CORRIENTE de la deuda financiera de largo plazo (De acuerdo al último balance anual auditado).
  • LOCAL COSTS
  • CO-FINANCIAMIENTO
  • CONTENIDO FORANEO ELEGIBLE
  • PLAZOS ESPECIALES
  • PAGOS PROGRESIVOS
  • REEMBOLSOS
  • LINEAS RENTAL
  • LINEAS DISTRIBUIDOR
  • BKA
  • 1

    Contacto comercial

    Reuniones iniciales

  • 2

    Documentación

    Presentación de documentación

    Evaluación previa

  • 3

    Negociación

    Propuesta de financiamiento

    Negociación de propuesta

    Firma de propuesta

  • AGENCIA DE CRÉDITO
  • 4

    Análisis

    Análisis por parte en el banco

    Análisis por parte de la agencia crediticia

  • 5

    Aprobación

    Instrumentación legal

    Desembolso

REQUISITOS DE FORMA

Indicadores requeridos

  • Resultado operativo y resultado final positivo en cada uno de los dos últimos balances anuales.
  • Flujo de caja operativo positivo en el último balance anual.
  • EBITDA/debt service (se incluye la cuota Eximbank si la misma representa más del 25% del total de la deuda) debe ser igual o mayor a 1.5 para el último balance anual.
  • Por DEBT SERVICE se considera la porción corriente de deuda de largo plazo + intereses pagados en el año + cuota anual del Exim (con salvedad anterior).
  • Endeudamiento (excluyendo la deuda con Eximbank) no debe exceder de 1.75 en el útlimo balance anual.
  • Que los balances interinos no muestren un cambio adverso en las condiciones financieras del solicitante.
  1. RELACIONES ANALITICAS DE ESTADOS FINANCIEROS
  2. FUNCIONAMIENTO OPERATIVO
  3. BALANCES GENERALES
  4. PARTIDAS FUERA DE LOS BALANCES GENERALES
  5. ESTADOS FINANCIEROS PROVISIONALES
  6. SUCESOS POSTERIORES
  7. INFORMACION CONSOLIDADA
  8. GRUPOS ECONOMICOS y EMPRESAS RELACIONADAS

INDICADORES REQUERIDOS

Operaciones de largo plazo

  • Resultado operativo y resultado final positivo en cada uno de los dos últimos balances anuales.
  • Flujo de caja operativo positivo en el último balance anual.
  • EBITDA/debt service (se incluye la cuota Eximbank si la misma representa más del 25% del total de la deuda) debe ser igual o mayor a 1.5 para el último balance anual. Por DEBT SERVICE se considera la porción corriente de deuda de largo plazo + intereses pagados en el año + cuota anual del Exim (con salvedad anterior).
  • Endeudamiento (excluyendo la deuda con Eximbank) no debe exceder de 1.75 en el último balance anual.
  • Que los balances interinos no muestren un cambio adverso en las condiciones financieras del solicitante.

Operaciones de corto plazo

  • El monto solicitado puede llegar al 50% del patrimonio de la empresa de acuerdo al último balance.
  • Endeudamiento: No debe exceder de 2.5 en el último balance anual.
  • Crecimiento del 10% en ventas durante los dos ejercicios económicos más recientes.
  • EBIT/intereses pagados debe ser igual o mayor de 2 en el último balance anual.
  • El promedio de días de cuentas a cobrar no debe haber empeorado en más de un 10% promedio durante los dos últimos ejercicios fiscales.
  • El promedio de días de inventario no debe haber empeorado en más de un 10% promedio durante los dos últimos ejercicios fiscales.

Aspectos centrales de evaluación cuantitativa (de acuerdo al formulario de Solicitud de crédito)

  • Relaciones analítias de estados financieros
  • Funcionamiento operativo
  • Balance general
  • Partidas fuera del balance general
  • Estados financieros provisionales
  • Sucesos posteriores

Garantías personales

  • Para entidades no financieras con ventas superiores a USD 50MM en el último balance anual no serán requeridas fianzas o garantías personales de los socios.
  • Para entidades no financieras con ventas inferiores a USD 50MM en el último balance anual serán requeridas las garantías personales o individuales de aquellos socios que superen el 50% de tenencia accionaria y si ningún accionista supera el 50% accionario se requerirá la garantía de los socios que tengan una tenencia de hasta el 20% accionaria. No será requerido estados financieros ni presentaciones patrimoniales de ninguno de los garantes.

Garantías reales

  • La prenda sobre el equipo/equipos a comprar será requerida en todos los casos.
  • No se requiere garantía hipotecaria.

Otras garantías

  • No se requieren garantías bancarias.
  • No se requieren aperturas de cartas de crédito.
  • Si la solicitante fuera una empresa de reciente constitución o que no cumple con el requisito de los tres años o ejercicio de antigüedad un garante corporativo es requerido que cumpla con los indicadores exigidos como titular del crédito.
  • Si la posibilidad de pago del crédito dependiera de flujos futuros o de los flujos generados por la expansión o la nueva línea de negocios, se requerirá un garante corporativo que cumpla con los indicadores exigidos como titular del crédito.
  • Si más del 25% de las ventas de la empresa solicitante fuera hecha a una empresa relacionada (por sus accionistas o ser controlada, controlante o parte del mismo grupo), la garantía de dicha empresa relacionada será requerida.
  • Si más del 25% de las compras de la empresa solicitante fuera hecha a una empresa relacionada, la garantía de dicha empresa relacionada será requerida.

Los únicos covenants que se incluyen en los contratos son referidos a:

  • Los estados financieros deben estar firmados.
  • El solicitante se compromete a enviar al banco y/o Eximbank los estados contables actualizados.
  • El solicitante se compromete a cancelar su deuda en caso de efectuar la venta del bien o bienes que dio origen al crédito.
  • El monto solicitado puede llegar al 50% del patrimonio de la empresa de acuerdo al último balance.
  • Endeudamiento (No debe exceder de 2.5 en el último balance anual).
  • Crecimiento del 10% en ventas durante los dos ejercicios económicos más recientes.
  • EBIT/intereses pagados debe ser igual o mayor de 2 en el último balance anual.
  • El promedio de días de cuentas a cobrar no debe haber empeorado en más de un 10% promedio durante los dos últimos ejercicios fiscales.
  • El promedio de días de inventario no debe haber empeorado en más de un 10% promedio durante los dos últimos ejercicios fiscales
  • Resultado operativo y resultado final positivo en cada uno de los dos últimos balances anuales.
  • Flujo de caja operativo positivo en el último balance anual.
  • EBITDA/debt service (se incluye la cuota Eximbank si la misma representa más del 25% del total de la deuda) debe ser igual o mayor a 1.5 para el último balance anual.
  • Por DEBT SERVICE se considera la porción corriente de deuda de largo plazo + intereses pagados en el año + cuota anual del Exim (con salvedad anterior).
  • Endeudamiento (excluyenco la deuda con Eximbank) no debe exceder de 1.75 en el útlimo balance anual.
  • Que los balances interinos no muestren un cambio adverso en las condiciones financieras del solicitante.
La instrumentación legal del crédito se realiza una vez notificada la aprobación del crédito y es una etapa en la cual intervienen los abogados del banco los abogados de la empresa solicitante. Basados en las condiciones de la aprobación los documentos centrales que regirán la relación comercial entre el banco y el cliente serán los siguientes:

  • Contrato (Letter Agreement)
  • Pagaré
  • Anexos al contrato
  • Opinión legal (Legal opinion)

En todos los casos el banco del exterior solicitará una opinión legal de un abogado local externo a la empresa que certifique la plena capacidad jurídica el solicitante del crédito así como compruebe las firmas y poderes de los representantes sociales que están suscribiendo los contratos en nombre de la sociedad. Describimos a modo de ejemplo los documentos que serían requeridos por los abogados locales como requisitos para cumplimentar la Opinión legal:

  1. Testimonio por exhibición de contrato social o estatuto, y sus eventuales modificaciones, incluyendo constancias de inscripción ante el Registro de Comercio y publicaciones (el objeto social de la tomadora debe permitir la obtención de préstamos).
  2. Testimonio por exhibición del Acta de Asamblea o Acta de Socios que designó el último Administrador o Directorio y el Acta de Toma de Posesión de cargos por parte del Administrador o los Directores nombrados.
  3. Testimonio notarial del Acta que resuelve el otorgamiento del préstamo.
  4. Certificado Notarial de personería, representación y vigencia de la sociedad y los administradores o Directores, con constancia de vigencia de éstos en sus cargos y mencionando todas las modificaciones de los estatutos, con su respectiva aprobación, inscripción y publicación. Previo a la firma se solicitará actualización y en su caso modificación si los asesores de la entidad dadora del crédito no lo consideraran suficiente.
  5. Certificado del Registro de Actos Personales por la sociedad, y el Administrador o el Directorio: Para la solicitud de esta información: en el caso de persona física con sus respectivas cédulas de identidad así como también por todos los fiadores o garantes. En caso de sociedades comerciales con el número de RUT y por los nombres anteriores en caso de haberse modificado la denominación social; se deberá solicitar información también por sus representantes, apoderados, administradores, etc. La solicitud se hará por todos los nombres de la persona y únicamente el primer apellido. Solo se incluirá el segundo apellido, cuando el primero sea de aquellos que se repiten con frecuencia, como ser: López, Pérez, González, Rodríguez, Fernández, García.
  6. Testimonio por Exhibición de la Declaratoria comunicando la integración del Directorio y la Sede al Registro Nacional de Comercio (ley 17.904), si correspondiere.
  7. Certificado del Registro Nacional de Comercio por la sociedad.
  8. Certificado Único de la Dirección General Impositiva, Certificado Único del Banco de Previsión Social, certificado del Banco de Seguros del Estado que acredita ley 16.074.
  9. En caso de utilizarse poderes, deberá contener facultades suficientes para tomar el crédito deberá presentarse testimonio por exhibición del poder, así como incluirse en la solicitud del Registro de Actos Personales la vigencia del poder.
  10. Copia de Cédula de Identidad de los Directores o Administradores, y tarjeta de RUT de las personas jurídicas.
  11. En el caso de existir fiadores (garantes) se deberá presentar por éstos la misma documentación en iguales términos. Si los garantes fueran personas jurídicas se requerirá Acta de Asamblea o de Reunión de Socios que resuelva ser fiador de la sociedad tomadora del crédito.
  12. Opinión legal de los abogados del Deudor en el que se indique si existe algún litigio contra la empresa que pueda comprometer el patrimonio de la misma.
  13. Carta del Administrador o firmante autorizado del Deudor mediante la cual se indique que el Deudor no requiere autorización gubernamental alguna para la celebración del crédito con PNC Bank y la ejecución de la carta compromiso (letter agreement) y los pagarés relacionados con dicho crédito y cualquier documentación relacionada con el mismo. La misma deberá ser otorgada en papel membretado de la compañía del Deudor.

1. Documentos solicitados para préstamos/prendas/hipotecas

  • Estatutos Sociales
  • Acta de Asamblea que nombra al Directorio actualmente en funciones
  • Acta de Directorio que aprueba la operación
  • Poder si lo hubiere
  • RUC

Documentos que expiden los Registros Públicos:

  • Certificado de vigencia de la sociedad
  • Certificado de libre disposición de bienes/no interdicción
  • Certificado de no convocatoria/quiebra

Para la opinión legal del abogado del cliente:

  • En caso de requerir la manifestación de que no tiene gravámenes sobre sus bienes, debe pedirse el Certificado correspondiente a Registros Públicos, o en todo caso se manifiestan las hipotecas/prendas que existan. Esto se pide sobre bienes muy importantes, por ej. la propiedad donde está asentado el establecimiento, maquinarias, y otros semejantes.

2. Documentos solicitados por escribanía en caso de prendas/hipotecas:

Solicitado al cliente

  • Certificado de Cumplimiento Tributario Solicitados por el escribano
  • Certificado de condiciones de dominio del bien a ser prendado/hipotecado
  • Certificado de libre disposición
  • Certificado de vigencia de poderes
  1. Copia de la escritura pública de constitución y estatuto de [Prestatario], con sus respectivas modificatorias, incluyendo copias certificadas de su inscripción en los Registros Públicos.
  2. Certificado de vigencia de [Prestatario] emitido por el Registro de Personas Jurídicas correspondiente.
  3. Copias legalizadas de los poderes vigentes de los representantes de [Prestatario] que van a firmar los documentos del crédito, incluyendo el contrato de la Garantía Mobiliaria, así como los respectivos certificados de vigencia emitidos por el Registro de Personas Jurídicas correspondiente.
  4. Copias legalizadas de los Documentos Nacionales de Identidad de los representantes de [Prestatario], así como de los Garantes.
  5. De no existir apoderados de [Prestatario] con facultades suficientes, copia legalizada del acta de junta general de accionistas o sesión de directorio, según sea el caso, en la que se aprueba la celebración del contrato de préstamo con el PNC Bank y del contrato de la Garantía Mobiliaria, y la firma de los documentos del crédito, y se designan representantes a dicho efecto.
  6. En el caso indicado en el numeral 6, copia legalizada del acta de Junta General de Accionistas en la que consta la elección del directorio actual de [Prestatario] en caso esta sociedad cuente con directorio.
  7. En el caso indicado en el numeral 6, copia legalizada de los asientos de la matrícula de acciones de [Prestatario].
  8. Copia del Registro Único de Contribuyente (RUC) de [Prestatario].
  9. Opinión legal de los asesores legales externos o internos de [Prestatario], en los sentidos siguientes:
    1. Que a la fecha no existe procedimiento judicial, administrativo o arbitral, o de cualquier otro tipo, que (i) afecte o pudiera afectar negativamente de forma sustancial la situación financiera de la empresa, sus negocios u operaciones; (ii) restrinja o prohíba, o tenga el efecto de restringir o prohibir, el cumplimiento y observancia de los términos y condiciones del Contrato de Préstamo (Letter Agreement), del Pagaré (Promissory Note) o de la Garantía Mobiliaria; o (iii) de alguna otra manera cuestione la validez, eficacia y carácter obligatorio del Contrato de Préstamo, del Pagaré o de la Garantía Mobiliaria.
    2. Ninguno de los bienes, derechos de crédito o ingresos de la empresa están sujetos a gravámenes, cargas, hipotecas, prendas o garantías de ningún tipo, salvo las que hayan sido otorgadas o constituidas por la empresa en el desarrollo normal de sus negocios y operaciones. De existir algún procedimiento, gravamen o carga que se encuentre en alguno de los supuestos antes señalados o que, por su relevancia, sea conveniente conocer, les solicitamos se sirvan indicarlos expresamente en la referida opinión legal.
    3. Que, a la fecha el señor [representante del prestatario] cuenta con facultades suficientes y está debidamente autorizado para actuar en representación de [Prestatario], en calidad de prestatario en el Contrato de Préstamo (Letter Agreement), el Pagaré (Promissory Note) y el contrato mediante el cual se otorgará garantía mobiliaria sobre los bienes a ser importados con los fondos suministrados por PNC Bank, N.A. En tal sentido, una vez suscritos dichos documentos por [Prestatario], serán válidos, vinculantes y exigibles para la empresa al amparo de las leyes peruanas.
  10. 10. Descripción detallada de los equipos que van a ser adquiridos con el financiamiento que otorgaría PNC Bank y que estarán gravados con la Garantía Mobiliaria. Esta descripción deberá incluir el número de piezas o equipos, marca, modelo, capacidad, números de serie, y cualquier otra información adicional que permita identificar los bienes.
  1. Copia certificada del la escritura que contenga el acta constitutiva, con datos de inscripción en el Registro Público correspondiente, y estatutos sociales de la empresa a la que se le está otorgando el crédito (el “Deudor”) así como, en su caso, copia certificadas de las escrituras que contengan modificaciones a los estatutos sociales con datos de inscripción en el Registro Público correspondiente. (El objeto de la sociedad debe prever la posibilidad de obtener préstamos, suscribir, emitir, aceptar y negociar toda clase de títulos de crédito). Este documento, si no corresponde a la ciudad autónoma de Buenos Aires debe estar legalizado por el Colegio de Escribanos.
  2. Copia certificada del poder de la o las personas que firmarán los documentos relacionados con el crédito por el Deudor (en lo sucesivo los “Apoderados”) con datos de inscripción en el Registro Público correspondiente. (Poder para actos de administración y otorgar y suscribir títulos de crédito). Este documento, si no corresponde a laciudad autónoma de Buenos Aires debe estar legalizado por el Colegio de Escribanos.
  3. Copia de una identificación oficial con firma de los Apoderados. Copia certificada del DNI o pasaporte o cedula del MERCOSUR debidamente legalizado.
  4. Copia de un comprobante de domicilio del Deudor. Copia certificada del actaregistrada ante el Registro Publico de Comercio correspondiente debidamente legalizado.
  5. Copia notarizada y legalizada del CUIT de la sociedad.
  6. Original de la certificación del Presidente o firmante autorizado del Deudor mediante la cual certifique que el Deudor no requiere autorización gubernamental alguna para la celebración del crédito con PNC Bank y la ejecución de la carta compromiso (letter agreement) y los pagarés relacionados con dicho crédito y cualquier documentación relacionada con el mismo, en los términos del formato que se les enviará por correo separado. Rogamos que impriman dicha certificación en papel membretado del deudor.
  7. Copia de la opinión legal de los abogados del Deudor, en los términos del formato que adjuntaremos por documento separado. Rogamos que impriman la primera página de la opinión legal en papel membretado del despacho o del abogado, dejando la fecha en que se firma y los espacios del primer párrafo en blanco debido a que deberán corresponder a la fecha de losdocumentos del crédito. Les rogamos que nos envíen copia de la matrícula profesional del abogado que firma este anexo. En breve le adjuntaré el modelo correspondiente.
  8. Escritura de nombramiento del directorio actual y del presidente del Directorio de la sociedad y los garantes corporativos debidamente registrado en el Registro Publico de Comercio, en copia certificada y legalizada.
  9. En caso de avales personas jurídicas: (i) copia certificada del la escritura que contenga el acta constitutiva con datos de inscripción en el Registro Público correspondiente, y estatutos sociales de la(s) empresa(s) aval(es) (los “Garantes”) así como, en su caso, las escrituras que contengan modificaciones a los estatutos sociales con datos de inscripción en el Registro Público correspondiente. (El objeto de la sociedad debe prever la posibilidad de garantizar obligaciones de terceros, suscribir, emitir, aceptar y negociar toda clase de títulos de crédito); (ii) copia certificada del poder de la o las personas que firmarán los documentos relacionados con el crédito por los Garantes (en lo sucesivo los “Apoderados de los Garantes”) con datos de inscripción en el Registro Público correspondiente. (Poder para actos de administración y otorgar y suscribir títulos de crédito); (iii) copia de una identificación oficial con firma de los Apoderados de los Garantes; (iv) copia de un comprobante de domicilio de los Garantes a través de la registración del mismo en el Registro Público de Comercio; (v) Escritura de nombramiento del directorio actual y del presidente del Directorio debidamente registrado en el Registro Publico de Comercio, en copia certificada y legalizada; (vi) original de la certificación del Presidente o Apoderado de cada uno de los Garantes mediante la cual certifique que los Garantes no requieren autorización gubernamental alguna para la celebración del crédito con PNC Bank y la ejecución de la carta compromiso (letter agreement) y los pagarés relacionados con dicho crédito y cualquier documentación relacionada con el mismo.
  10. En caso de avales personas físicas: (i) copia clara y legible de una identificación oficial con su firma; (ii) copia de un comprobante de domicilio, y (iii) copia de su acta de matrimonio.
  1. Escritura pública de constitución de la sociedad que tomará el préstamo, como asimismo, de las escrituras públicas de modificaciones de los estatutos de la misma.
  2. Copia de la protocolización del extracto inscrito en el Registro de Comercio y publicado en el Diario Oficial, de cada una de las escrituras referidas en 1.
  3. Copia de la inscripción social de la sociedad, con anotaciones marginales y certificado de vigencia a la fecha, emitida por el Registro de Comercio del domicilio de la sociedad.
  4. Copia de la escritura pública de poderes vigentes de quien suscribirá la documentación, con certificado de vigencia del Registro de Comercio del domicilio social, a la fecha.
  5. Copia del rut de la sociedad.
  6. Copia del rut del representante legal de la sociedad que suscribirá la documentación.
  7. El listado anterior es preliminar, por lo que puede verse ampliado según sea necesario de acuerdo a los requisitos del préstamo.

El desembolso implica la etapa final del proceso e implica la utilización parcial o total del crédito acordado e instrumentado.

Puede ser efectuado de dos maneras: bajo la forma de desembolso, que es la más común, e implica el pago directo al proveedor, o bien bajo la forma de reembolso que implica el pago a la empresa titular del crédito cuando esta última ya hubiera pagado el/los equipos con anterioridad a la aprobación o instrumentación legal del crédito.

En todos los casos para proceder al desembolso y/o reembolso serán necesarios los siguientes documentos:

  • Copia de Factura comercial definitiva emitida por el proveedor.
  • Copia de BL, documento de embarque (copia negociable).
  • Confirmación del proveedor de haber cobrado el 15% o bien confirmación de haber cobrado el total del monto de la factura en caso de reembolso.
  • Formulario EXPORTER´S CERTIFICATE, o certificado de origen de los equipos, firmado en original por parte del proveedor (ver archivos útiles).